Address
304 North Cardinal St.
Dorchester Center, MA 02124
Work Hours
Monday to Friday: 7AM - 7PM
Weekend: 10AM - 5PM
Address
304 North Cardinal St.
Dorchester Center, MA 02124
Work Hours
Monday to Friday: 7AM - 7PM
Weekend: 10AM - 5PM
Quién responde de los recibos de comunidad de una vivienda heredada.
«Hemos heredado una vivienda y el administrador nos reclama varios recibos de comunidad que quedaron pendientes. Nosotros no vivíamos allí y desconocíamos la deuda. ¿Tenemos que pagarla o solo nos corresponden las cuotas desde el fallecimiento?»
Los recibos pendientes del fallecido forman parte de las deudas de la herencia. Si aceptáis, debéis tenerlos en cuenta, aunque vuestra responsabilidad dependerá de cómo hayáis aceptado. Las cuotas posteriores también deben atenderse: que la casa esté vacía o pendiente de reparto no elimina la obligación de contribuir a los gastos.
Hay que separar las cantidades que debía el fallecido de las que se generan después. Las primeras deben incluirse al determinar las deudas de la herencia; las posteriores corresponden a quienes resulten propietarios, sin perjuicio de los ajustes entre herederos.
El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a contribuir a los gastos comunes. No vivir en la casa no exime, por sí solo, de pagarlos.
Si sois varios herederos, no debe confundirse cómo os repartís internamente el gasto con lo que puede reclamar la comunidad. Tampoco debe darse por correcta cualquier cantidad: conviene pedir un desglose de recibos, derramas e intereses y comprobar a qué periodos corresponden antes de reconocer la deuda.
Importa si la herencia se aceptó pura y simplemente o a beneficio de inventario, si ya se repartió y quién recibió la vivienda. También hay que revisar posibles pagos, la prescripción de las cantidades reclamadas y los acuerdos sobre derramas. Si existe un usufructo o resulta aplicable una normativa civil especial, pueden surgir diferencias que requieren un análisis específico.
¿La comunidad os reclama deudas de una vivienda heredada? En R&M Abogados podemos revisar su origen, las cantidades y vuestra responsabilidad. Pide una consulta antes de asumir el pago o repartir el gasto entre los herederos.
Las respuestas públicas son información general y no sustituyen el asesoramiento individual.