Cuando nos divorciamos acordamos una custodia, pero ahora nuestra situación ha cambiado. ¿Podemos modificarla?

Cuándo y cómo revisar la custodia si cambian las necesidades familiares.

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Cuando nos divorciamos acordamos una custodia, pero ahora nuestra situación ha cambiado. ¿Podemos modificarla?

«Cuando nos divorciamos pactamos cómo cuidar de nuestros hijos, pero nuestros horarios y sus necesidades han cambiado. La organización que entonces funcionaba ahora resulta complicada. ¿Podemos modificar la custodia o tenemos que mantener lo que dice la sentencia?»

Sí, la custodia puede modificarse si las nuevas circunstancias lo justifican

Las medidas de custodia no son inamovibles. Podéis solicitar su modificación cuando existan cambios relevantes que justifiquen una organización más adecuada para vuestros hijos. Si ambos estáis de acuerdo, podéis presentar una propuesta conjunta; si no, cualquiera puede pedir que decida el juzgado. El criterio principal será siempre el bienestar de los menores.

¿Cómo se cambia lo que establece la sentencia?

El artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite solicitar la modificación de las medidas cuando hayan variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en cuenta al establecerlas.

No basta con que uno prefiera ahora otro sistema: hay que explicar qué ha cambiado y por qué la propuesta responde mejor a las necesidades de los hijos.

Si existe acuerdo, se presenta una propuesta para su aprobación judicial. Si hay desacuerdo, deberán aportarse pruebas de los cambios y de la conveniencia del nuevo régimen.

No siempre es necesario cambiar la modalidad de custodia: puede bastar con ajustar estancias, entregas o vacaciones. Si se modifica de forma estable la organización, conviene formalizarla; un pacto privado no sustituye la resolución vigente.

¿Qué circunstancias pueden cambiar la respuesta?

Pueden ser relevantes nuevos horarios laborales, un traslado, problemas de salud o cambios en las necesidades de los hijos. Hay que valorar su alcance y estabilidad: una dificultad puntual no equivale a una transformación duradera. También se tendrá en cuenta la opinión de los menores según su edad y madurez, sin que su preferencia determine por sí sola la decisión.

Consulta con R&M Abogados

¿La custodia acordada ya no encaja con vuestra realidad familiar? En R&M Abogados podemos revisar la sentencia y los cambios producidos para valorar una modificación. Pide una consulta antes de implantar unilateralmente una nueva organización.

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