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Por qué el banco bloquea el saldo heredado y cómo solicitar su entrega.
«Nuestro padre ha fallecido y el banco nos dice que no podemos retirar su dinero porque falta la firma de uno de mis hermanos. Los demás estamos de acuerdo. ¿Es correcto que nos impidan acceder al saldo?»
El banco puede exigir el consentimiento de todos los herederos para disponer del dinero cuando todavía no se ha formalizado su reparto. Sin embargo, la falta de una firma no justifica cualquier bloqueo: hay que comprobar qué documentación habéis presentado y si el saldo ya está válidamente adjudicado.
Ser heredero no significa poder retirar directamente una parte del saldo. Antes de entregar el dinero, el banco debe comprobar quién tiene derecho a recibirlo y en qué condiciones.
Por eso, normalmente solicita la documentación sucesoria, el documento de reparto y la acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales. Haber pagado el impuesto de sucesiones no sustituye, por sí solo, el reparto de la herencia.
Si vuestro hermano no acepta la distribución propuesta, el banco no puede resolver ese desacuerdo familiar. Existen mecanismos para avanzar con la partición, como el previsto, bajo determinados requisitos, en el artículo 1057 del Código Civil.
En cambio, si el dinero ya está debidamente adjudicado, conviene pedir a la entidad que explique por escrito por qué exige otra firma.
Importa si vuestro padre era el único titular o compartía la cuenta, y con qué régimen de disposición. También si falta aceptar la herencia, acordar el reparto o simplemente ejecutar una adjudicación ya realizada. No es lo mismo ser cotitular que autorizado, ni aparecer en la cuenta demuestra por sí solo ser propietario de todo el dinero.
¿El dinero de la herencia sigue bloqueado por una firma? En R&M Abogados podemos revisar la documentación y valorar si el problema está en el reparto o en la actuación del banco. Pide una consulta para conocer tus opciones.
Las respuestas públicas son información general y no sustituyen el asesoramiento individual.